Cambios en la Seguridad Social para 2026 y 2027: nuevas bajas médicas, cotizaciones y prestaciones

La Seguridad Social incorpora novedades que afectan a trabajadores, autónomos y familias. Entre los cambios anunciados se encuentran nuevas situaciones especiales de incapacidad temporal, modificaciones en el cálculo de las bajas médicas y mejoras en determinadas prestaciones familiares y pensiones.

No todas las medidas tienen la misma fecha de aplicación. Algunas se sitúan en octubre de 2026, otras en diciembre y determinadas modificaciones comenzarán a aplicarse en 2027.

Conocer qué cambia y desde cuándo es fundamental para saber cómo pueden afectar estas medidas a tus derechos y cotizaciones.

Nuevas situaciones especiales de baja médica desde diciembre de 2026

Una de las principales novedades es la incorporación de dos situaciones específicas de incapacidad temporal:

  • Trastorno menopáusico secundario incapacitante: cuando sus consecuencias impiden desarrollar la actividad laboral.
  • Lesiones derivadas de violencia de género: cuando provocan una situación de incapacidad temporal.

Según el calendario normativo facilitado, estas medidas comenzarían a aplicarse el 1 de diciembre de 2026.

En ambos supuestos, siempre que se cumplan los requisitos médicos y legales, no se exigiría un periodo mínimo de cotización y la prestación económica comenzaría desde el día siguiente a la baja.

Estas medidas buscan reforzar la protección económica de personas que necesitan interrumpir temporalmente su actividad laboral por circunstancias especialmente protegidas.

Cambios en el cálculo de la prestación por baja médica

Otra modificación importante afecta a la base de cotización utilizada para calcular determinadas prestaciones por incapacidad temporal.

Hasta ahora, con carácter general, se tomaba como referencia la base de cotización del mes anterior a la baja.

La nueva regulación descrita establece como referencia la base correspondiente a dos meses antes del inicio de la incapacidad temporal, con distintas fechas de aplicación:

  • Autónomos: desde el 21 de octubre de 2026.
  • Trabajadores por cuenta ajena: desde el 1 de diciembre de 2026.

Este cambio puede influir en la cantidad percibida, especialmente cuando las bases de cotización varían de un mes a otro.

Ejemplo práctico: un autónomo que solicita la baja en diciembre

Imagina que un trabajador autónomo inicia una baja médica el 15 de diciembre de 2026.

Sus bases de cotización han sido:

Mes Base de cotización
Octubre 1.800 €
Noviembre 2.100 €

Si resulta aplicable la nueva regla de referencia de dos meses anteriores, se tomaría la base de octubre.

En este ejemplo, la base reguladora diaria sería de 60 euros, resultado de dividir 1.800 euros entre 30 días.

Sobre esa cantidad se aplicarían los porcentajes correspondientes a la prestación según el origen y la duración de la baja.

El ejemplo muestra por qué es importante revisar la base de cotización y conocer las reglas aplicables antes de calcular cuánto se va a cobrar.

Más protección para el cuidado de menores con enfermedades graves

También se contemplan cambios en la prestación por cuidado de menores afectados por cáncer u otras enfermedades graves.

Entre las novedades recogidas se encuentran la posibilidad de reconocer la prestación en determinados tratamientos continuados de especial intensidad aunque no exista hospitalización, así como nuevas condiciones para que ambos progenitores puedan acceder simultáneamente a la protección.

En los supuestos previstos, cuando ambos perciban la prestación al mismo tiempo, cada uno recibiría el 50 % de su correspondiente base reguladora.

También se amplían determinadas situaciones de protección vinculadas a discapacidad o dependencia más allá de los 26 años.

Estas medidas, previstas desde el 23 de octubre de 2026, buscan ofrecer una mayor cobertura a las familias que necesitan reducir su actividad profesional para atender cuidados especialmente exigentes.

Autónomos: novedades en la regularización de las cuotas desde 2027

El sistema de cotización de autónomos por rendimientos netos también incorpora modificaciones.

Desde el 1 de enero de 2027, determinadas bases de cotización vinculadas a situaciones protegidas pasarían a tener carácter definitivo en los supuestos establecidos por la normativa.

Entre ellas se encuentran las correspondientes a periodos de:

  • Incapacidad temporal.
  • Nacimiento y cuidado de menor.
  • Riesgo durante el embarazo o la lactancia.
  • Cese de actividad.

Esto supone que determinadas bases utilizadas durante esas situaciones quedarían excluidas de la regularización anual.

Para los autónomos, resulta especialmente importante conocer cómo se relacionan la base elegida, las prestaciones que pueden recibir y la posterior regularización de sus cotizaciones.

Pensión de viudedad: cambios para las parejas de hecho

Otra de las novedades afecta al acceso a la pensión de viudedad de determinadas parejas de hecho.

Según las medidas recogidas, desde el 21 de octubre de 2026, cuando existan hijos comunes, se flexibilizarían determinados requisitos formales.

En esos casos, podría dejar de exigirse la acreditación de una inscripción registral o escritura pública formalizada con dos años de antelación, siempre que se demuestre una convivencia estable durante el periodo exigido y se cumplan los demás requisitos legales.

Además, se contempla un plazo extraordinario de doce meses para solicitar la prestación en determinados supuestos de fallecimientos anteriores.

Esta modificación puede resultar relevante para familias que anteriormente encontraban dificultades para acreditar formalmente su situación.

Otras mejoras en prestaciones familiares y pensiones

Las novedades también alcanzan a otras ayudas y prestaciones económicas.

Fondo de Garantía del Pago de Alimentos. Se prevé elevar de 150 a 300 euros mensuales por menor el importe máximo del anticipo, desde noviembre de 2026, conforme a los requisitos aplicables.

Orfandad derivada de violencia contra la mujer. Se refuerza la protección económica en determinados supuestos, estableciendo referencias mínimas vinculadas al doble del salario mínimo interprofesional.

Pensiones extraordinarias por terrorismo. También se contempla una mejora de sus cuantías mínimas, con referencia al doble del salario mínimo interprofesional desde noviembre de 2026.

En todos estos casos, será necesario comprobar las condiciones concretas de acceso y la fecha de aplicación correspondiente.

¿Qué deberían revisar trabajadores y autónomos?

Los cambios en la Seguridad Social pueden tener consecuencias directas sobre los ingresos que se perciben durante una baja, las bases de cotización y el acceso a determinadas prestaciones.

Por eso, conviene prestar atención a la fecha en la que se produce la situación protegida, comprobar las condiciones aplicables y revisar la documentación necesaria antes de realizar cualquier trámite.

En el caso de los autónomos, también resulta recomendable analizar periódicamente la base de cotización, ya que puede influir en la protección económica durante una incapacidad temporal.

Cierre

Las novedades de la Seguridad Social no afectan a todas las personas de la misma manera. Su aplicación depende de la situación laboral, las circunstancias familiares y los requisitos de cada prestación.

En Gapyme ayudamos a trabajadores, autónomos y empresas a comprender sus obligaciones y revisar cómo pueden afectarles los cambios en materia laboral y de Seguridad Social.

Personas. Empresas. Tranquilidad.

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