Cuando trabajas por cuenta propia, uno de los temas que más dudas genera es si debes o no aplicar retención de IRPF en tus facturas. Y no es para menos: hacerlo correctamente puede marcar la diferencia entre una contabilidad ordenada y una posible sanción de Hacienda.
Desde Gapyme, como asesoría especializada en autónomos en Huelva, te explicamos de forma sencilla cuándo estás obligado a retener, qué porcentaje te corresponde y qué hacer si te has equivocado.
¿Qué es la retención del IRPF?
Es un anticipo del impuesto sobre la renta que el autónomo adelanta a Hacienda a través de sus facturas. Al igual que ocurre con las nóminas de los trabajadores asalariados, en el caso de los profesionales por cuenta propia también se retiene una parte para regularizarla luego en la declaración anual de la Renta.
¿Siempre hay que aplicar IRPF en las facturas?
No. Solo estás obligado si:
- Tu actividad figura como profesional en los epígrafes del IAE (Impuesto de Actividades Económicas).
- Y el cliente al que facturas es una empresa o un profesional (no un particular).
Por tanto, si prestas un servicio a un cliente particular —por ejemplo, haces una instalación en su vivienda— no debes aplicar IRPF en esa factura.
¿Qué porcentaje se aplica?
En general un 15 %. Pero durante los 3 primeros años de actividad: puedes aplicar un 7 % si lo comunicas correctamente a Hacienda.
Además, hay actividades específicas con retenciones especiales:
- Actividades agrícolas: 2 %
- Actividades ganaderas: 1 %
¿Qué ocurre si no aplicas la retención cuando deberías?
Aquí viene el problema: si olvidas aplicar IRPF en una factura en la que estás obligado a hacerlo, Hacienda puede sancionarte. Las sanciones pueden incluir:
- Recargos e intereses de demora.
- Pérdida de beneficios fiscales.
- Multas económicas.
Pero si detectas el error a tiempo, puedes emitir una factura rectificativa y corregir la situación antes de que intervenga la Agencia Tributaria.
Y no te olvides de presentar el modelo 130
La retención en factura no es lo único que debes tener en cuenta. Como autónomo en estimación directa (normal o simplificada), debes presentar trimestralmente el modelo 130, donde informas a Hacienda de tus ingresos, gastos e IRPF correspondiente.
Se presenta en los meses de enero, abril, julio y octubre, y es clave para mantener tus obligaciones fiscales al día.
¿Tienes dudas? Te ayudamos
En Gapyme revisamos tu actividad, tus obligaciones fiscales y la forma en que estás emitiendo tus facturas. Así te aseguras de que todo esté correcto y evitas errores que puedan salir caros más adelante.
📍 Desde Huelva y también online, trabajamos con autónomos de toda España.
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