Plan de Igualdad obligatorio en empresas de menos de 50 trabajadores

La obligación de contar con un Plan de Igualdad suele asociarse automáticamente a empresas de 50 o más personas trabajadoras. Sin embargo, existen supuestos en los que una empresa con menos de 50 trabajadores también puede estar obligada a implantarlo.

Conocer cuándo aplica esta obligación y cómo debe gestionarse correctamente es clave para evitar sanciones, problemas en inspecciones o bloqueos en procesos de contratación pública.

¿Qué es un Plan de Igualdad en la empresa?

Un Plan de Igualdad es un conjunto ordenado de medidas destinadas a garantizar la igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres dentro de la empresa, así como a prevenir situaciones de discriminación por razón de sexo.

No se trata de un documento estándar ni de un modelo descargable. Debe basarse en:

  • Un diagnóstico previo de la situación real de la empresa

  • Objetivos concretos y medibles

  • Medidas específicas

  • Calendario de aplicación

  • Indicadores de seguimiento

  • Sistema de evaluación

Entre las materias que debe abordar se encuentran:

  • Selección y contratación

  • Clasificación profesional y promoción

  • Formación

  • Condiciones de trabajo y auditoría retributiva

  • Conciliación y corresponsabilidad

  • Prevención del acoso sexual y por razón de sexo

Además, todos los planes —obligatorios o voluntarios— deben inscribirse en el registro público correspondiente (REGCON).

¿Cuándo es obligatorio para empresas de menos de 50 trabajadores?

La obligación general se aplica a empresas con 50 o más personas trabajadoras en plantilla. Sin embargo, una empresa con menos de 50 trabajadores puede estar obligada en estos supuestos:

1. Por convenio colectivo

Algunos convenios sectoriales o de empresa establecen expresamente la obligación de contar con Plan de Igualdad, aunque la plantilla no alcance las 50 personas.

2. Por imposición de la autoridad laboral

En el marco de un procedimiento sancionador o tras una actuación de la Inspección de Trabajo, la autoridad laboral puede imponer la obligación de implantar un Plan de Igualdad como medida correctiva.

Atención al cómputo de plantilla

Si una empresa superó en algún momento el umbral de 50 personas trabajadoras y posteriormente redujo su plantilla, puede mantenerse la obligación durante el periodo de vigencia del plan. Desactivarlo sin asesoramiento puede generar riesgos legales.

Cómo implantar un Plan de Igualdad paso a paso

Si tu empresa está obligada, el proceso debe seguir una estructura clara:

1. Compromiso formal de la dirección

La empresa debe comunicar oficialmente su compromiso y asignar recursos suficientes para su desarrollo.

2. Constitución de la comisión negociadora

El Plan de Igualdad debe negociarse. Si no existe representación legal de las personas trabajadoras, se articula normalmente con sindicatos representativos del sector.

3. Diagnóstico de situación

Se recopilan datos desagregados por sexo en materia de:

  • Contratación

  • Promoción

  • Retribución

  • Formación

  • Conciliación

El objetivo es detectar brechas reales y sus causas.

4. Definición de objetivos y medidas

Las medidas deben ser concretas, realistas y medibles. No basta con declaraciones genéricas. Debe especificarse qué se hará, quién será responsable y en qué plazo.

5. Aprobación e inscripción

Una vez negociado y aprobado, el Plan de Igualdad debe inscribirse obligatoriamente en REGCON.

Por qué conviene revisarlo a tiempo

No tener un Plan de Igualdad cuando existe obligación puede derivar en:

  • Sanciones económicas

  • Pérdida de acceso a licitaciones públicas

  • Dificultades en subvenciones

  • Riesgo reputacional

Revisar el convenio aplicable y el cómputo real de plantilla es el primer paso para evitar improvisaciones de última hora.

Cierre

El Plan de Igualdad no es un trámite formal, sino una obligación legal que exige planificación, negociación y seguimiento. Si tu empresa puede estar afectada, conviene analizarlo con criterio profesional para garantizar un cumplimiento correcto y adaptado a tu realidad empresarial.

En Gapyme Asesores acompañamos a empresas en la implantación y revisión de sus Planes de Igualdad, asegurando seguridad jurídica y cumplimiento normativo desde el inicio.

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